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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SOLIZ MOYA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 31-03-2014 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación por inversiones no justificadas, confirma algunas inversiones ($10.379.661, $10.403.961, $18.459.533, $20.753.801, $20.000.000) y mantiene otras ($10.000.000, $15.665.952) por falta de justificación, ordenando reliquidación.
Carlos Arturo Soliz Moya, factor de comercio, fue fiscalizado por el SII respecto a inversiones en fondos mutuos realizadas en 2009. El SII emitió Liquidación N° 116000000003 del 04.03.13 determinando diferencia de impuestos de $33.517.169 más reajustes e intereses por supuestas inversiones no justificadas. El reclamante cuestionó la validez de la citación y liquidación, y subsidiariamente, alegó que había justificado el origen de los fondos mediante depósitos a plazo y préstamo de consumo de instituciones financieras.
El tribunal rechazó la excepción de prescripción, considerando válida la notificación y liquidación. En el análisis de fondo, acogió parcialmente el reclamo, reconociendo que el reclamante justificó el origen de $80.037.756 en inversiones mediante documentación bancaria (cartolas, certificados de intereses, datos de préstamos comerciales). Confirmó que $10.000.000 y $15.665.952 permanecen sin justificación, por lo que se presumen rentas de primera categoría y retiros empresariales conforme artículo 70 LIR. Señaló que existe error de transcripción en el monto total de inversiones ($109.397.396
Tribunal rechaza excepción de prescripción. Acoge parcialmente el reclamo, ordena reliquidar conforme a inversiones acreditadas ($80.037.756) y mantiene liquidación respecto a inversiones no justificadas ($25.665.952). Ambas partes no condenadas en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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