Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal R. Metropolitana. Tercero
BESALCO Servicios Mineros Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 30-05-2014 · Materia: Resolución
PARCIAL
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Besalco contra liquidaciones por subdeclaración de rentas 2010, permitiendo deducción de $15.043.908 por venta de activos fijos depreciados.
Besalco Servicios Mineros Limitada fue citada por el SII en 2013 por subdeclaración de ingresos en año tributario 2010. Se le liquidaron impuestos por diferencia de $179.584.964 en ingresos no declarados, incluyendo venta de activos fijos y arriendo de maquinaria. La empresa presentó reposición administrativa voluntaria argumentando que había facturado servicios en 2009 pero contabilizado ingresos posteriormente, y que los activos vendidos estaban totalmente depreciados. El SII acogió parcialmente la reposición, pero mantuvo agregados por ajuste financiero.
El tribunal analiza que la empresa debe tributar sobre base percibida o devengada conforme art. 29 LIR, por lo que ingresos facturados en 2009 corresponden a año tributario 2010. Respecto venta de activos fijos totalmente depreciados (costo tributario $1 c/u), el tribunal concluye que si bien procedía agregar el mayor valor tributario, la empresa tenía derecho a deducir la utilidad financiera ya registrada en balance ($15.043.908) para evitar doble tributación sobre mismo monto. Rechaza argumentos sobre ingresos de años anteriores fuera de competencia. Confirma que corresponde reintegro según
Acoge parcialmente el reclamo. Modifica liquidación 385 permitiendo deducción de $15.043.908 por utilidad financiera en venta de activos fijos. Confirma en lo demás liquidaciones 385 y 386 de 14.08.2013.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.