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Tribunal del Biobio
SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL SILVA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 30-06-2014 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de multa por pérdida de documentación tributaria calificada como no fortuita y grave, confirmando sanción del SII aplicada conforme artículo 97 N°16 del CT.
El 3 de septiembre de 2012, el reclamante dejó estacionado su vehículo frente a su domicilio en Chillán. Desconocidos quebraron el vidrio y sustrajeron un maletín conteniendo documentos contables de la persona natural y la Sociedad Agrícola y Comercial Silva Ltda., además de otros efectos. El mismo día, el reclamante hizo denuncia ante Carabineros (Prefectura VIII Zona) y posteriormente ante la Fiscalía. El 12 de septiembre comunicó al SII mediante formulario 3238 la pérdida de facturas de venta, facturas de proveedores y libros de compraventas de períodos 2008 a 2012. El 17 de febrero de 2014
El SII argumentó que la calificación de no fortuita y grave se basaba en que el volumen de documentación perdida excedía la capacidad del maletín robado, y que el contribuyente no justificaba mantener documentos de más de 3 años en un vehículo con bajo nivel de resguardo, constituyendo conducta poco razonable. Además, como la pérdida se comunicó posteriormente a una notificación de requerimiento de antecedentes del 3 de septiembre de 2012, se presumía no fortuita conforme inciso segundo del artículo 97 N°16 del CT. El reclamante sostuvo que actuó con diligencia al denunciar a Carabineros y Fis
Se rechaza la reclamación interpuesta contra el Acta de Denuncia de Infracción folio N°77314003438, confirmándose la calificación de la pérdida de documentación como no fortuita y grave según artículo 97 N°16 del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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