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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
Ingeneria y Construccion Vial Vives S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 26-08-2014 · Materia: Liquidación
Tribunal acoge parcialmente reclamo de empresa constructora contra liquidación de impuestos por subdeclaración de ingresos año 2011, ordenando devolución de costos asociados no considerados por el SII.
Ingeniería y Construcción Vial Vives S.A. reclama contra Resolución Exenta N°2478 del SII de mayo 2013 y liquidaciones N°110 y 111 que determinan mayor Renta Líquida Imponible para año tributario 2012 (ejercicio 2011). El SII detectó subdeclaración de ingresos por obras Collahuasi, Bechtel y otras, aproximadamente $8.900 millones. La empresa había declarado estos ingresos en Formularios 29 mensuales pero los omitió en Formulario 22 anual, además omitiendo los costos asociados a dichos ingresos.
El Tribunal analiza que la contabilidad de la empresa (Formularios 29, facturas, estados de pago, libros contables) evidencia claramente los ingresos cuestionados con sus costos asociados. Concluye que no es permitido determinar Renta Líquida Imponible considerando solo ingresos y prescindiendo absolutamente de costos y gastos correlacionados, violando artículo 30 inciso 4° de la Ley de la Renta. El artículo 35 de la LIR establece presunciones de renta mínima solo cuando no pueda determinarse clara y fehacientemente, lo que no ocurre aquí. Rechaza petición de rectificación de errores propios b
Acoge parcialmente el reclamo. Deja sin efecto Resolución N°2478 en la parte relativa a costos asociados a ingresos subdeclarados, ordenando devolución de sumas retenidas. Rechaza solicitudes de rectificación de gastos adicionales y corrección de errores en Formulario 22 anterior. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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