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Tribunal del Biobio
Urrea Correa con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepción
Fecha: 24-09-2014 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que solicitaba devolución de $829.012 por remanente de créditos tributarios, por considerar que el SII aún está dentro del plazo legal para fiscalizar la declaración de renta.
Luis Gonzalo Urrea Correa presentó su declaración de impuesto a la renta (formulario 22, folio 243011314) el 9 de mayo de 2014, solicitando devolución de $829.012 correspondiente a remanentes de crédito por impuesto único de segunda categoría y retenciones de honorarios. El SII efectuó observación F53 el 23 de mayo de 2014 por supuestas inconsistencias, reteniendo el remanente solicitado. El contribuyente reclama por vulneración de derechos constitucionales y garantías tributarias.
El tribunal sostiene que si bien el artículo 97 de la LIR consagra el derecho a devolución de remanentes, este debe aplicarse una vez concluida la fiscalización contemplada en el artículo 59 del CT, que otorga 9 meses al SII para fiscalizar declaraciones. Como la declaración fue presentada el 9 de mayo de 2014, el ente fiscal aún posee plazo legal amplio para fiscalizar. El tribunal indica que mientras el SII esté dentro del plazo de fiscalización, no existe un derecho indubitado sobre los dineros solicitados, sino solo una expectativa condicionada al resultado de la fiscalización. La retenció
Se rechaza en todas sus partes la reclamación por vulneración de derechos interpuesta, por no existir la supuesta vulneración invocada. No se condena en costas a la parte vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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