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Tribunal del Biobio
FREIRE MUÑOZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 25-05-2022 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por vulneración de derechos de contribuyente que solicitaba devolución de retenciones del 2017, por cuanto fue debidamente informado de los antecedentes requeridos y no presentó nueva rectificación.
Fernando Alejandro Freire Muñoz presentó declaración de renta para 2017 solicitando devolución de $1.197.763 por retenciones, que fue denegada por observaciones de contribuyentes retenedores. El SII le informó vía correo que podría obtener devolución parcial excluyendo retenedores observados. El contribuyente rectificó voluntariamente su declaración el 29 de abril de 2020, excluyendo tales retenciones, obteniendo la devolución solicitada en esa rectificación ($897.374). Posteriormente reclama no haber recibido $318.389 correspondiente a los PPM de retenedores observados.
El tribunal constata que el contribuyente fue informado de las observaciones y de la documentación necesaria para subsanarlas (certificados de honorarios con firma y timbre del representante legal), tanto en documentos adjuntos como en correos electrónicos. El contribuyente tuvo pleno conocimiento de los requerimientos pero no los presentó. El tribunal señala que la única vía para obtener la devolución de los $318.389 es presentar nueva declaración rectificatoria incorporando la documentación que acredite la solución de las observaciones. El SII no incurrió en acción u omisión que vulnere dere
Se rechaza el reclamo deducido. Se declara que el contribuyente no fue vulnerado en sus derechos. No se condena en costas. Se ordena cumplimiento administrativo por el Director Regional del SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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