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Tribunal del Biobio
MIGUEL CERDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 20-10-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamación contra liquidación por aumento de base imponible derivado de tasación de sociedad. Contribuyente argumenta que indemnizaciones de seguros no constituyen renta y que retiros fueron presuntos, no efectivos.
Miguel Cerda reclama contra Liquidación n°13.551 de 29 de abril de 2013 emitida por la VIII Dirección Regional del SII. El aumento de $476.123.872 en su base imponible para 2011 procede de una tasación de la renta líquida imponible de la sociedad "Empresa de Servicios Himce Limitada", de la cual Cerda es socio con 99% de derechos. Cerda argumenta que los montos provienen del pago de indemnizaciones de seguros a la sociedad, que no constituyen rentas ni aumentan su patrimonio, y que se tratan de retiros presuntos no efectivamente retirados.
El tribunal analiza que la liquidación reclamada resulta de la tasación fiscal efectuada a la Sociedad Himce Limitada, cuyos efectos tributarios se trasladaron al contribuyente conforme a los artículos 21 y 54 n°1 de la Ley de Impuesto a la Renta. El SII contrapone que el proceso de auditoría fue realizado conforme a derecho. Se establece como hecho controvertido la efectividad de que la tasación del SII a la sociedad cumpla con los requisitos legales del artículo 35 de la Ley de Renta. El tribunal señala que el reclamo se interpuso dentro de plazo legal y fija como materia de prueba si la tas
Se recibe la causa a prueba. El tribunal define como hecho substancial controvertido la efectividad de que la tasación del SII a Himce Limitada cumpla con todos los requisitos legales del artículo 35 de la Ley de Renta.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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