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Tribunal de los Rios
SII REGION DE LOS RIOS con GUZMAN SILVA
Fecha: 03-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE Ha Lugar
Se acoge denuncia por emisión de 28 facturas en doble juego sin timbrar ni contabilizar, configurando maniobras para burlar impuesto según artículo 97 N°4 del CT.
Pablo César Guzmán Silva, titular de taller mecánico, emitió 28 facturas sin timbrar entre septiembre 2011 y enero 2012, duplicadas en numeración pero dirigidas a distintos clientes, fechas y montos. No contabilizó ni declaró estas facturas, subdeclarando débitos fiscales por IVA en formularios 29. Las mismas numeraciones fueron utilizadas posteriormente para facturas timbradas emitidas a otros clientes. El contribuyente reconoció los hechos en declaraciones juradas ante el SII y ante el tribunal.
El tribunal concluyó que las maniobras realizadas configuran burla de impuesto bajo artículo 97 N°4 inciso 1° del CT. Se acreditó: (1) emisión de doble juego de facturas con numeración duplicada a clientes y operaciones distintas; (2) omisión de contabilización y declaración de las 28 facturas sin timbrar; (3) maliciosidad por el conocimiento del contribuyente de la irregularidad y la sistematicidad durante 5 meses consecutivos. Se aplicó presunción de inocencia atenuada propia de sanciones administrativas. El perjuicio fiscal ascendió a $1.408.487 por IVA.
Se acogió acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 1° del CT. Se aplicó multa de $1.408.487 equivalente al 100% del tributo defraudado, considerando agravante el conocimiento de la obligación legal y atenuantes el bajo monto del perjuicio y la cooperación prestada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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