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Tribunal Atacama
DONAIRE OSSANDON con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL DE ATACAMA
Fecha: 09-12-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo por infracción por transporte de frutas sin guía de despacho ni factura. Se confirma multa de 2 UTM y un día de clausura del vehículo.
El 30 de septiembre de 2014, funcionarios del SII controlaron a Juan Donaire Ossandón conduciendo un vehículo placa DHPL-40 que transportaba aproximadamente 8 a 10 cajas de limones y naranjas en buen estado de conservación. Al solicitarle la documentación tributaria, no la portaba. Posteriormente exhibió una guía de despacho del mes de marzo de 2014. El reclamante alegó que la fruta estaba en mal estado y la transportaba para desecharla, argumentando que llegó a Caldera a las 15:59 horas según boleto de peaje. Los fiscalizadores verificaron telefónicamente con el SII que el contribuyente regis
El tribunal aplica presunción de inocencia y principios del derecho penal administrativo sancionador, recayendo la carga probatoria en la Administración (SII). Se establece que los hechos fueron acreditados por múltiples pruebas: formulario de infracción, informe de fiscalizadores y testimonios concordantes que demostraron que el reclamante transportaba mercaderías aptas para la venta sin documentación tributaria. El tribunal considera que la obligación de emitir, portar y exhibir guía de despacho o factura es meridianamente clara en el artículo 55 del DL 825, manteniéndose incluso cuando el t
Se rechaza el reclamo de Juan Donaire Ossandón, quedando firme la Notificación de Infracción N°1251878. Se condena al pago de multa de 2 UTM y a la accesoria de 1 día de clausura del vehículo. Se declara que no hay condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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