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Tribunal de la Araucanía
GARCIA MONASTERIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 10-12-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
Tribunal ordena acumulación de reclamaciones tributarias de socio y sociedad educacional que comparten idéntico fundamento fáctico: capitalización de excedentes de subvención educacional.
Sociedad Educacional Andes S.A. recibió liquidación N° 25744 (28 mayo 2014) por primera categoría. Su socio Carlos Segundo García Monasterio recibió liquidación N° 319 (20 junio 2014) por impuesto global complementario. Ambas se originan en capitalización de cuenta utilidades acumuladas por $1.324.269.121, correspondientes a excedentes de ingresos por subvenciones educacionales según DFL N° 2 del Ministerio de Educación. Se solicita acumulación de autos por ser emanadas de los mismos hechos.
El tribunal determina que ambas liquidaciones contienen idéntico fundamento fáctico: el incremento patrimonial proveniente de capitalización de utilidades acumuladas por excedentes de subvención educacional. Aunque los actos reclamados son distintos (uno afecta a la sociedad, otro a los socios), emanan directa e inmediatamente de los mismos presupuestos fácticos. La liquidación del socio es consecuencia directa e ineludible de la liquidación de la sociedad, diferenciándose solo en la naturaleza del impuesto aplicado. Se cumplen requisitos del artículo 92 CPC para acumulación: presupuestos fáct
Se acumula la presente causa al expediente RUC 14-9-0001557-8, RIT GR-08-00092-2014 donde tramita reclamo de Sociedad Educacional Andes S.A. Se ordena corregir foliación y notificar mediante publicación en sitio web del Tribunal conforme artículo 131 bis del Código Tributario.
Artículos citados:
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