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Tribunal del Biobio
MOLY-COP CHILE S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 23-12-2014 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Moly-Cop Chile S.A. contra modificación de avalúo de inmueble, confirmando Resolución SII que tasó pavimentos de calidad 1 por falta de prueba del contribuyente.
Moly-Cop Chile S.A. reclama contra Resolución EX SII N° A08.2013.00017838 del 12 de septiembre de 2013, que modificó el avalúo del inmueble rol 7408-1 en Talcahuano de $ 3.164.226.241 a $ 2.513.769.428. La contribuyente sostiene que la línea de construcción n° 45 correspondiente a 20.590 m² de pavimentos fue incorrectamente clasificada como calidad 1, argumentando que se trata de pavimento de adocreto de 6 cm de espesor destinado solo a tránsito peatonal, instalado en 2012 según factura de mayo de 2012. El Servicio controvierte señalando que el pavimento fue incorporado al registro en 2002, qu
El tribunal aplica el principio dispositivo del procedimiento tributario y la Teoría Normativa de Rosemberg, conforme a la cual cada parte debe probar los presupuestos de hecho de las normas que le son favorables. Cita sentencia de 18.11.1997 del Tribunal de Alzada II de Valparaíso confirmando que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la facultad exclusiva de tasar bienes raíces conforme a Ley n° 17.235, siendo deber del contribuyente probar que la tasación es errónea. Establece que el actor no allegó prueba relevante que desvirtúe lo establecido por el organismo fiscal. Por el contrar
Se rechaza íntegramente el reclamo presentado contra Resolución EX SII N° A08.2013.00017838 de fecha 12 de septiembre de 2013 y se confirma la referida resolución. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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