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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
MAJY SUSHI SOCIEDAD ANINIMA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-12-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Majy Sushi S.A. por infracción art. 97 N°10 CT por no emisión de boleta por venta de $14.500, confirmando multa y clausura de 1 día, considerando reincidencia.
El 24 de junio de 2014, funcionarios del SII fiscalizaron el local de Majy Sushi S.A. en Vitacura. Detectaron que no se emitió boleta por venta de $14.500 pagada con Transbank. La reclamante argumentó que fue error de la cajera nueva al registrar $14.500 en lugar de $13.100 (más propina de $1.400), generando asimetría entre boleta y voucher. El fiscalizador ordenó emitir la boleta N°117292 por $14.500, notificando la infracción. La contribuyente había cometido dos infracciones similares anteriormente (04/02/2013 y 15/07/2013).
El tribunal concluyó que la infracción se configuró por no otorgamiento de documento tributario por ventas pagadas con sistema Transbank, independientemente de que posteriormente se emitiera la boleta a petición del fiscalizador. Los arts. 52 y 55 del DL 825/1974 exigen emitir boletas al momento de efectuar la entrega o percibir la remuneración. El art. 97 N°10 CT sanciona el no otorgamiento de boletas en los casos y forma exigidos por ley. Se acreditó reincidencia en infracciones de la misma especie (art. 107 N°1 CT). El perjuicio fiscal fue exiguo. Se consideró proporcionalidad entre infracc
Se rechaza el reclamo. Se confirma la Notificación de Infracción N°1149866. Se condena a Majy Sushi S.A. al pago de multa de 2 UTM y clausura del establecimiento por 1 día. Se condena en costas a la reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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