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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
MARGOTTA IBARRA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-12-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de comerciante por infracción al artículo 97 N°10 del CT por no emitir documento legal en traslado de mercadería. Se condena a multa del 200% y clausura de 2 días.
El 5 de octubre de 2013, funcionaria del SII fiscalizó al reclamante Juan Carlos Margotta Ibarra transportando verduras por $50.000 sin documentación legal (guía de despacho o factura). Al ser consultado, el reclamante se negó a identificar al vendedor. El reclamante reconoció la mercadería como propia. Se levantó Notificación de Infracción N°1240285 por infracción al artículo 97 N°10 del CT. Se acreditó que el reclamante había sido sancionado previamente por infracción idéntica el 19 de diciembre de 2012.
El tribunal acreditó mediante prueba instrumental y testimonial que el reclamante transportaba mercadería de su giro sin documento legal y se negó a identificar al vendedor. Se estableció que incurrió en infracción tipificada en artículo 97 N°10 del CT. Se consideró la calidad de reincidente como causal agravante conforme al artículo 107 N°1 del CT. Se ponderó que el perjuicio fiscal es exiguo, pero se estimó proporcional aplicar multa del 200% considerando la reincidencia y las circunstancias del infractor. Se rechazaron argumentos sobre imposibilidad económica y nivel educacional, sin efecto
Se rechaza íntegramente la reclamación y se confirma la Notificación de Infracción N°1240285. Se condena al reclamante al pago de multa ascendente al 200% de la operación y clausura del establecimiento por 2 días. Se condena en costas al reclamante.
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