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Tribunal del Biobio
ZALAQUETT REPETTO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 22-01-2015 · Materia: Liquidación
OTRO Modificatorio
Se acoge reclamación contra liquidaciones que rechazaron gastos por depósitos convenidos con trabajadores, considerándolos gastos necesarios conforme al Oficio 3.007 de 1996 del SII.
Lucía María Zalaquett Repetto, empresaria y socia de sociedades, fue objeto de liquidaciones 6.250 y 6.251 del 11 de julio de 2012 por el SII (VIII Dirección Regional), que rechazaron gastos correspondientes a depósitos convenidos con trabajadores realizados durante el ejercicio 2008. El SII consideró que estas deducciones eran improcedentes, generando agregados a la base imponible del impuesto global complementario.
El Tribunal estimó que existe contradictoriedad en los fundamentos de las citaciones del SII respecto a si los gastos debían analizarse como genéricos (artículo 31 inciso 1) o especiales (artículo 31 número 6). Concluyó que según el Oficio 3.007 de 1996, en la medida que exista obligación de pago pactada en contrato o convenio de trabajo, tales cantidades constituyen gasto necesario para producir renta. El Tribunal consideró que los depósitos fueron efectivamente pagados, acreditados y que los contribuyentes actuaron de buena fe conforme a la interpretación administrativa del Director Nacional
Se acoge la reclamación y se dejan sin efecto las liquidaciones 6.250 y 6.251. Se ordena al Director Regional del SII cumplir administrativamente con la sentencia. Cada parte soporta sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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