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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con HARTEK INGENIERIA Y CONSTRUCCION S A
Fecha: 19-02-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a HARTEK por registrar maliciosamente 3 facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, evadiendo impuestos en período 2010-2013.
HARTEK Ingeniería y Construcción S.A., representada por Manuel Osvaldo Contreras Gana, registró en su contabilidad tres facturas falsas emitidas por Camila Francisca Muñoz Miranda (RUT 16.809.193-1) entre enero de 2013. Las facturas (N° 107, 108 y 109) sumaban $5.355.000 con IVA de $855.000. El contribuyente las declaró en formularios 29 de IVA, utilizando indebidamente el crédito fiscal. Posteriormente, perdió sus libros de contabilidad entre junio 2010 y mayo 2013, calificada como pérdida no fortuita y grave. La proveedor reconoció haber facilitado facturas por $250.000 mensuales, sin realiz
El tribunal concluyó que el denunciado, siendo contribuyente afecto a IVA, procedió maliciosamente a registrar y contabilizar facturas falsas con finalidad de disminuir carga impositiva. La malicia se dedujo del cúmulo de antecedentes: cruces de información, verificaciones de facturas, declaraciones juradas de representante legal y proveedor, informe de fiscalización N° 376-4 de octubre 2014. El contribuyente reconoció desconocer a la proveedora y negó haber realizado los trabajos detallados. La conducta resultó típica, antijurídica y culpable, configurando delito tributario en grado consumado
Se acoge acta de denuncia confirmándola en todas sus partes. Se condena al imputado al pago de multa equivalente al 100% de impuestos evadidos: $908.010 por IVA. No se condena en costas. Se notifica por carta certificada y se publica en sitio web del tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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