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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
SII DIRECCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS con COMERCIALIZADORA OSVALDO WALTER RIQUELME SPA
Fecha: 18-03-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a comercializadora por subdeclaración maliciosa de IVA mediante adulteración de boletas de venta en septiembre 2014, imponiendo multa equivalente al 100% del perjuicio fiscal.
El SII fiscalizó a Comercializadora Osvaldo Walter Riquelme SpA en septiembre 2014. Detectó que la empresa adulteró 2.267 boletas de venta utilizando técnicas de sobrescritura: registraba montos menores con tinta que los reales (visibles al analizar con lápiz carbón). Las boletas adulteradas sumaban diferencia de $27.304.783 en ventas declaradas versus reales. En su Formulario 29 de septiembre 2014, la empresa declaró solo 1.065 boletas con débito fiscal de $483.481, cuando realmente emitió 2.355 boletas con débito de $4.359.587. La empresa se allanó a los hechos.
El tribunal reconoce el sistema de autodeterminación tributaria y facultades fiscalizadoras del SII. Establece que la conducta de la denunciada constituye presentación maliciosamente falsa de declaración de impuestos bajo el artículo 97 N°4 inciso 1° del CT, pues disminuyó deliberadamente sus débitos fiscales de IVA mediante adulteración de documentos. Constató tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad de la conducta. Reconoce como atenuante el allanamiento de la empresa conforme artículo 107 N°8 del CT, pero estima que el alto número de documentos adulterados (2.267 en un mes) no permite apli
Se condena a la empresa como autora de infracción tributaria del artículo 97 N°4 inciso 1° del CT en grado consumado. Se impone multa de $4.442.419 equivalente al 100% del perjuicio fiscal actualizado a diciembre 2014, reajustable conforme artículo 53 del CT. Se exime de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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