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Tribunal del Biobio
MUELLES DE PENCO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 19-03-2015 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Muelles de Penco S.A. contra avalúo fiscal de inmueble con concesión marítima. El SII validamente tasó construcciones en sector de fondo de mar conforme a artículo 27 Ley 17.235.
Muelles de Penco S.A., titular de concesión marítima sobre sectores de playa y fondo de mar en Playa Negra, Penco (Decreto Supremo 37/2002), fue objeto de modificación individual de avalúo mediante Resoluciones SII A08.2013.00017240 y A08.2013.00017241 (12 sept. 2013), tasándose en $314.491.652 (primer semestre 2013) y $412.646.751 (segundo semestre 2013). Reclamante alegó que SII incluyó erróneamente construcciones del sector fondo de mar en la tasación, cuando solo debería tasar mejoras en sector playa.
El Tribunal sostiene que corresponde al SII la facultad exclusiva de tasar bienes raíces conforme Ley 17.235, siendo deber del contribuyente probar que la tasación es errónea. El artículo 27 Ley 17.235 establece que concesionarios de bienes nacionales de uso público pagan impuestos correspondientes al bien ocupado. La Circular SII 13/2013 ordena tasar construcciones que se prolongan más allá de la línea de baja marea como unidad indivisible, incluyendo sector de fondo de mar. El Decreto 37/2002 otorga concesión sobre playa, fondo de mar y porciones de agua, amparando construcción de muelle mec
Se rechaza en su totalidad el reclamo de Muelles de Penco S.A. Se confirman íntegramente las Resoluciones EX SII A08.2013.00017240 y A08.2013.00017241, ambas del 12 de septiembre de 2013. No se condena en costas a la parte vencida por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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