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Tribunal de los Rios
Asesorías e Inversiones Tres Ríos S.A. con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 08-04-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
OTRO Confirmatorio
Se rechaza reclamación de Asesorías e Inversiones Tres Ríos S.A. contra liquidaciones que desconocen gastos de administración del fondo de inversión, por estar estos a cargo del fondo según su reglamento interno.
Asesorías e Inversiones Tres Ríos S.A., administradora del Tres Ríos Fondo de Inversión Privado, fue notificada de liquidaciones 28476 y 28477 que rechazaban como gastos deducibles diversos desembolsos en que incurrió. La empresa alegó que tales gastos eran necesarios para producir su renta como administradora del fondo. El SII desconoció la deducción considerando que conforme al reglamento interno del fondo, esos gastos debían ser de cargo del fondo y no de la administradora.
El tribunal estimó que la determinación de quién debe asumir los gastos en una administración de fondo de inversión constituye un elemento central de su estructura jurídica. Conforme al artículo 22 del reglamento interno del fondo, los gastos cuestionados eran de cargo del fondo de inversión, no de la administradora. Al existir un acuerdo válido entre el fondo y la administradora asignando esos gastos al primero, la administradora no se encontraba en situación jurídica de tener que asumir tales desembolsos, por lo que no pueden calificarse como necesarios para producir su renta. El hecho de qu
Se rechazaron las reclamaciones tributarias interpuestas por Asesorías e Inversiones Tres Ríos S.A. en contra de las liquidaciones 28476 y 28477. No se condenó en costas por estimarse que el contribuyente tuvo motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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