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Tribunal de los Rios
SII REGION DE LOS RIOS con Aravena Cuevas
Fecha: 16-06-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
PARCIAL Ha Lugar en Parte Modificatorio
Tribunal acoge parcialmente denuncia por uso de facturas falsas: rechaza infracción por aumento de gastos en IR, pero condena por abultamiento malicioso de crédito fiscal en IVA con multa de $1.074.982.
Carlos Mario Aravena Cuevas, contribuyente con giro en elaboración de hormigón y servicios, fue fiscalizado por el SII por período octubre 2007 a julio 2013. Se detectaron 13 facturas falsas registradas en Libros de Compras de supuestos proveedores. El denunciado reconoció haber comprado las facturas. Se cuestiona la contabilización de dos facturas falsas (N° 285 de Transportes Leyda S.A. del 30.03.2012 y N° 179 de Araucarias S.P.A. del 27.04.2012) utilizadas para rebajar carga tributaria tanto en IVA como en Impuesto a la Renta. Perjuicio fiscal: IVA $1.074.982 e IR $959.846, ambos actualizad
El tribunal analiza dos infracciones imputadas conforme al artículo 97 N°4 del CT. Respecto del inciso 1° (aumento malicioso de gastos en IR), la denuncia no acreditó cómo se configuró el ilícito: no acompañó Libro Mayor ni formularios mensuales F22 completos, solo mostraba sumas agregadas sin precisar la contabilización real. Respecto del inciso 2° (abultamiento de crédito fiscal en IVA), se acreditó plenamente la falsedad de las facturas, su contabilización en Libro de Compraventas y Formularios F29, y el dolo del contribuyente quien reconoció adquirir documentos falsos para evasión. En circ
Se rechaza acta de denuncia respecto del ilícito del artículo 97 N°4 inciso 1° CT (aumento de gastos en IR). Se acoge respecto del artículo 97 N°4 inciso 2° CT (abultamiento de crédito fiscal). Se aplica multa de $1.074.982, equivalente al 100% del monto del tributo defraudado por concepto de IVA.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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