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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
GRUPO AVALON LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-07-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo y confirma resolución del SII que denegó devolución de $11.868.608 por PPM, al no acreditarse aporte de antecedentes en fiscalización administrativa.
Grupo Avalón Ltda. presentó declaración de impuestos año tributario 2011 solicitando devolución de $36.158.298 por exceso de pagos provisionales mensuales (PPM). El SII requirió antecedentes para verificar exactitud de la información. Mediante Resolución Ex. N°115105000002 de noviembre 2012, el SII denegó la devolución del saldo pendiente de $11.868.608, argumentando falta de antecedentes aportados por el contribuyente. Grupo Avalón presentó reclamo tributario solicitando anulación de dicha resolución y reconocimiento de la devolución.
El tribunal establece que corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones mediante documentos y libros de contabilidad (CT art. 21). Reconoce que el SII requirió oportunamente antecedentes al contribuyente. Aplicando la Ley N°19.880 sobre procedimientos administrativos, determina que durante el procedimiento administrativo el SII debe acordar de oficio actividades probatorias necesarias, pero ello no implica que el tribunal deba sustituir funciones de fiscalización del SII. El control jurisdiccional de actos administrativos es de legalidad procedimental, formal y material, n
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Ex. N°115105000002 del SII de 19 de noviembre de 2012 que denegó la devolución. Se condena en costas a la parte reclamante.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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