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Tribunal de Valparaiso
BRAVO GONZÁLEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 19-08-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario contra liquidaciones de Impuesto Global Complementario por falta de fundamentación y aplicación errónea de normas sobre retiros de socios en empresa tributada.
Claudio Maximino Bravo González, socio con 75% de participación en Tamarugo Inversiones Limitada, recibe liquidaciones N°145 y 146 del año tributario 2010 que agregan $52.301.439 a su base imponible del Impuesto Global Complementario, resultante de aplicar el 75% sobre la base imponible de $69.735.252 determinada a la sociedad en liquidación N°144. Esta última había agregado $75.941.343 en gastos rechazados. El contribuyente también fue sujeto a incremento de impuesto de Primera Categoría de $8.891.245 y cuestionó la aplicación de multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario.
El tribunal constata que las liquidaciones carecen de fundamentación respecto de por qué se aplicó el 75% sobre la base imponible total de $69.735.252 en lugar de sobre los gastos rechazados de $75.941.343. Establece que conforme a los artículos 21 y 54 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el porcentaje de participación debía aplicarse solo a gastos rechazados atribuibles al socio, no a la totalidad de la base imponible. Analiza que las partidas sujetas a proporcionalidad, conforme la Circular N°68/2010, pasan al FUNT y no son aplicables al artículo 21. Además, el incremento de impuesto de Pri
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto las Liquidaciones N°145 y 146, incluyendo reajustes, intereses y multas. No se condena en costas por estimar que la reclamada tuvo motivo plausible.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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