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Tribunal de la Araucanía
GRANZOTTO GIBERT con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 30-09-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de reclamo de avalúo de bien raíz habitacional. El contribuyente no acreditó errores en la aplicación de tablas de clasificación ni en cálculos del reavalúo 2014 realizado por el SII conforme a Ley 20.650.
René Hernán Granzotto Gibert, jubilado de 80 años, reclama el reavalúo de su propiedad habitacional ubicada en calle San Federico N° 230, Temuco (rol 01546-001). El SII aumentó el avalúo de $58.526.403 (2013) a $87.710.651 (2014), incrementando el impuesto territorial de $105.575 a $173.189. El reclamante argumenta que su vivienda es antigua, su situación económica es limitada (pensión de $660.000 mensuales) y cuestiona la aplicación de tablas de clasificación que no reflejan la realidad del inmueble ni del sector.
El tribunal establece que corresponde al reclamante probar la concurrencia de las causales de reclamo (artículo 149 CT). El proceso de reavalúo se ejecutó conforme a Ley 17.235 (artículos 3° y 4°), Ley 20.650 y Resolución Exenta SII N° 108 de 2013, aplicando metodología técnica objetiva basada en áreas homogéneas. La propiedad se ubicó en área CMB029 con valor unitario de terreno de $112.128/m² y superficie de 500 m². El reclamante no aportó prueba que demostrara errores en clasificación de construcción, superficie efectiva, área homogénea o aplicación de factores de ajuste. Sus argumentos sob
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta por René Hernán Granzotto Gibert contra el reavalúo del inmueble rol 01546-001 de Temuco determinado por el SII a contar de enero 2014. Se confirma la actuación del SII. No se condena en costas al reclamante por tener motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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