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Tribunal de la Araucanía
OHIGGINS S.P.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 10-11-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra infracción por no emisión de documentos tributarios, al acreditarse que otra persona natural operaba legalmente en el local mediante apertura de sucursal informada dentro de plazo y término de giro de la sociedad sancionada.
El 10 de agosto de 2015, el SII fiscalizó el restaurante "Fuente Nacional" en Temuco y cursó infracción a O'Higgins S.p.A. por no otorgar boletas entre el 5 y 10 de agosto de 2015, emitiendo en su lugar boletas del contribuyente Christian Lavanderos Labraña (RUT 11.500.010-1). El fiscalizador constató ventas por $4.066.100 sin documentación de O'Higgins S.p.A. El encargado del local informó que las boletas de la sociedad se habían terminado el 5 de agosto y usaron talonarios de Lavanderos. La reclamante alegó que ese mismo día 10 de agosto Lavanderos informó apertura de sucursal en dicho domic
El tribunal resolvió que la infracción se desvirtuó porque: (1) Christian Lavanderos Labraña estaba legalmente autorizado para operar en el local al haber informado apertura de sucursal el 10 de agosto de 2015 dentro del plazo de 15 días hábiles que establece la Resolución Exenta N°55 de 2003; (2) O'Higgins S.p.A. había cesado actividades el 5 de agosto de 2015, presentando aviso de término de giro dentro del plazo del artículo 69 del Código Tributario; (3) las boletas emitidas por Lavanderos entre el 5 y 10 de agosto eran válidas, aunque no tuvieran timbre de nueva sucursal; (4) el fiscalizad
Se acoge el reclamo y deja sin efecto la notificación de infracción N°1271840 de 10 de agosto de 2015 por infracción al artículo 97 N°10 del Código Tributario. Sin condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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