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Tribunal de los Rios
SII REGION DE LOS RIOS con SERVICIOS CONSTRUCTORA E INMOB PERLA DEL SUR
Fecha: 18-11-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente denuncia por subdeclaración de débito fiscal IVA y abultamiento de crédito fiscal, rechazando cargo por omisión de ingresos en Impuesto a la Renta por falta de documentación probatoria.
Servicios Constructora e Inmobiliaria Perla del Sur Ltda. fue denunciada por infracciones tributarias en período agosto 2011 a marzo 2014. El SII detectó: subdeclaración de débito fiscal IVA en Formulario 29 sin registrar todas las facturas emitidas en Libro de Ventas; abultamiento de crédito fiscal IVA declarando montos superiores a los del Libro de Compras; y declaración de Impuesto a la Renta con ingresos inferiores y gastos superiores a los reales. El representante legal reconoció las irregularidades en declaración ante el Tribunal. Perjuicio fiscal total denunciado: $108.400.131.
El Tribunal aplicó presunción de inocencia atenuada propia del procedimiento sancionatorio administrativo. Acreditó las maniobras de IVA mediante comparación de Formularios 29 con Libros de Compras y Ventas, confirmadas por declaración del fiscalizador y reconocimiento del representante legal. Rechazó cargos sobre Impuesto a la Renta por ausencia de registros contables (Libro Mayor, Diario centralizado) y declaraciones de años tributarios 2013-2014. Respecto a circunstancias modificatorias: sin reincidencia (art. 107 N°1,2); conocimiento de obligación como agravante (art. 107 N°4); perjuicio c
Se acoge parcialmente el acta: condena por subdeclaración de débito fiscal IVA con multa de $12.003.652 (50% del tributo defraudado); condena por abultamiento de crédito fiscal IVA con multa de $8.746.829 (100% del tributo defraudado); se rechaza cargo sobre Impuesto a la Renta.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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