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Tribunal del Biobio
VARAS ASENJO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 01-12-2015 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Tribunal acoge reclamo por falta de fundamentación en resoluciones que modificaron avalúo fiscal de bien raíz destinado a deporte ecuestre, dejando sin efecto dichas resoluciones.
René Varas Asenjo, propietario del bien raíz rol 6900-0003 de Concepción, reclamó contra resoluciones exentas A08.2014.00064113 y A08.2014.00064114 del 31.12.2014 que modificaron su avalúo fiscal de $0 a valores que superaban los $13 y $10 millones respectivamente. El predio había gozado de exención de impuesto territorial desde 2006 por destinarse a deporte ecuestre. El reclamante alegó falta de notificación debida, ausencia de fundamentos en las resoluciones y retroactividad ilegal del cobro desde 2012.
El Tribunal estimó que las resoluciones carecían de fundamentación válida. Aunque contenían enunciados sobre aplicación de plan de fiscalización, no explicaban en forma expresa y clara cuáles fueron las razones técnicas, jurídicas y económicas que sustentaban las modificaciones. Se citó jurisprudencia de la Corte Suprema estableciendo que los actos administrativos deben fundarse en su origen y no pueden fundamentarse posteriormente en instancia judicial. La falta de motivación constituye arbitrariedad y vicia gravemente el acto administrativo, siendo requisito esencial conforme a la Ley 19.880
Se acogió el reclamo por falta de fundamento formal y de fondo. Se dejaron sin efecto las resoluciones A08.2014.00064113 y A08.2014.00064114, ordenando al SII determinar correctamente el avalúo del bien raíz con resoluciones debidamente fundadas. No se condenó en costas por haber motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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