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Tribunal de Coquimbo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS con MUÑOZ MIRANDA
Fecha: 10-12-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Ha Lugar
Contribuyente condenado por subdeclaración de débitos fiscales IVA (62% del total) y declaración de créditos fiscales sin respaldo documentario en períodos marzo a junio 2014, constitutivos de infracciones tributarias dolosas.
Ariel Hernán Muñoz Miranda, contratista agrícola desde febrero 2014, omitió declarar débitos fiscales IVA en formularios 29 de marzo, abril y junio 2014, pese a constar en facturas emitidas y libro de compraventas. Además declaró créditos fiscales sin respaldo documentario en abril, mayo y junio 2014 ($456.000, $1.599.800 y $820.800 respectivamente) por compras inexistentes. Admitió en declaraciones juradas haber actuado con intención de pagar menos impuesto, siguiendo sugerencia de su contador.
El tribunal confirmó que las conductas constituyen infracciones del artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del CT. Respecto al inciso 1°, la subdeclaración de débitos fiscales fue maliciosa, acreditada por facturas, libro de compraventas y confesión del contribuyente; el perjuicio ascendió a $3.977.254. Respecto al inciso 2°, la declaración de créditos sin respaldo documentario fue también dolosa, admitida por el denunciado; perjuicio de $2.876.600. No se aplicó agravante del art. 111 CT por entender que al perseguirse solo responsabilidad infraccional (no penal) rigen normas administrativas. Se val
Se confirma denuncia. Se condena a Ariel Hernán Muñoz Miranda a pagar multa de $1.988.000 (50% de impuestos evadidos) por delito art. 97 N° 4 inciso 1° CT, y multa de $2.876.600 (100% de impuestos defraudados) por delito art. 97 N° 4 inciso 2° CT.
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