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Tribunal de los Rios
MALDONADO ARISMENDI con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 21-12-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de IVA por uso de facturas falsas. Acredita malicia en declaraciones y aplicabilidad del plazo extraordinario de prescripción de seis años conforme artículo 200 del CT.
Iván Maldonado Arismendi, contratista en pinturas, reclama contra liquidaciones N° 88 a 106 del SII de junio 2015. El Servicio le imputó créditos fiscales basados en 15 facturas falsas de nueve proveedores entre 2008 y 2011. El contribuyente reconoció ante el SII haber comprado algunas facturas al 50% de su IVA. Los proveedores presentaban irregularidades: domicilios inexistentes, cambios de domicilio posteriores, falta de correlatividad numerada, giros tributarios impagos, y operaciones ficticias sin respaldo contable.
El Tribunal establece que el Servicio debe fundamentar suficientemente la imputación de malicia, pero no invierte la carga de prueba. Las liquidaciones contienen amplia exposición de razones justificantes de falsedad, incluyendo la propia confesión del contribuyente en declaración jurada de haber comprado facturas. Los antecedentes de irregularidades de proveedores, considerados en conjunto, sugieren que las operaciones no se realizaron. La prueba acompañada por el reclamante es insuficiente: recibos sin fecha cierta ni firmas comprobables, y testimonios genéricos de empleados dependientes del
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta por Iván Maldonado Arismendi contra las liquidaciones N° 88 a 106. Se confirman las actuaciones del SII. No se condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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