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Tribunal Arica y Parinacota
SII DIRECCIÓN REGIONAL ARICA Y PARINACOTA con SANCHEZ CORTES
Fecha: 29-12-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
PARCIAL Ha Lugar en Parte Revocatorio
Se acoge parcialmente denuncia por infracciones tributarias a comerciante por aumento indebido de crédito fiscal de IVA, rechazando otras infracciones por falta de malicia; se impone multa de $1.262.699.
La contribuyente Ángela Edith Sánchez Cortes, comerciante de ropa y calzado en Arica, declaró en formularios 29 entre julio 2012 y julio 2013 un IVA crédito fiscal superior al registrado en su libro auxiliar de compras y ventas (períodos julio-agosto 2012 y julio 2013), un IVA débito fiscal inferior al registrado en libros en varios meses, y omitió presentar declaración en abril 2013 pese a tener movimientos. El perjuicio fiscal total determinado fue $4.886.132 reajustado al 31.07.2015.
El tribunal reconoce que la denunciada incurrió en la infracción del inciso segundo del N°4 del artículo 97 (aumento malicioso de crédito fiscal), confirmando la denuncia por este ilícito con perjuicio fiscal de $1.262.669. Sin embargo, rechaza las infracciones del inciso primero del N°4 (declaraciones falsas incompletas) y del N°5 (omisión maliciosa de declaraciones) porque considera que no concurre el elemento de dolo o malicia requerido. La denunciada acreditó mediante prueba testimonial que sus errores fueron involuntarios, resultado de delegación de funciones contables a persona inexperim
Se acoge parcialmente la denuncia solo respecto de la infracción del inciso segundo del N°4 del artículo 97, imponiéndose multa de $1.262.699 (100% de lo defraudado). Se rechaza la denuncia por las infracciones del inciso primero del N°4 y del N°5, anulándose esa parte del acta.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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