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Tribunal de la Araucanía
SANDOVAL MATAMALA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 03-02-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de devolución de saldo a favor por $2.656.477 en declaración de renta 2014. Contribuyente no acreditó crédito de primera categoría por inconsistencias detectadas (obs. G11) y no cumplió requerimientos de documentación.
María Inés Sandoval Matamala solicitó devolución de $2.656.477 en su declaración de renta año 2014. El SII detectó inconsistencias en el crédito por impuesto de primera categoría (código 600) derivado de retiro de utilidades de sociedad RUT 76.143.183-8 mediante observación G11. SII requirió documentación en junio 2014 para fiscalización en julio 2014, pero contribuyente no compareció ni aportó antecedentes. SII denegó devolución mediante Resolución Exenta Nº 7222 de 11 de diciembre 2014.
El tribunal establece que en nuestro sistema tributario rige el principio de autodeclaración, siendo responsabilidad del contribuyente probar con documentos la verdad de sus declaraciones conforme artículo 21 del Código Tributario. El contribuyente debe acreditar los requisitos legales para acceder a devoluciones. La reclamante no cumplió oportunamente con el requerimiento de documentación del SII ni aportó prueba suficiente en el proceso que subsanara la observación G11. La documentación posteriormente presentada no permite establecer por sí sola la procedencia del crédito tributario. La impo
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta Nº 7222 de 11 de diciembre 2014 que declaró improcedente la devolución. No se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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