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Tribunal de Valparaiso
Sociedad Inmobiliaria El Almendral S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 11-03-2016 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de avalúo de inmuebles no agrícolas, ordenando reducir valores fiscales 2014 por no considerar características especiales acreditadas (zonas de riesgo, servidumbres, terrenos con relleno).
Inmobiliaria El Almendral S.A. reclama avalúos de cuatro inmuebles (roles 287-127, 287-128, 287-129, 287-130) en Quilpué. El SII aumentó valores fiscales en 2013 (183%) y 2014 (69% adicional). Los inmuebles presentan características particulares: zonas de riesgo, cauces de aguas lluvias, terrenos con pendientes fuertes, rellenos, servidumbres y limitación de ocupación de suelo al 60%. La reclamante arguye valores desproporcionados sin relación con precios de mercado.
El Tribunal aplica principio de no discriminación e igualdad jurídica (art. 19 CPE) para determinar que características disímiles de los inmuebles no fueron adecuadamente reflejadas en el avalúo. Aunque la Resolución Exenta 108/2013 no reglamenta claramente ajustes excepcionales, invoca inexcusabilidad judicial (art. 76 CPE y art. 170 CPC) y recurre a Circular 10/2006 del SII. Acredita mediante pericia: servidumbres en lotes X5 (9,2% superficie) y X7b (100%), zonas de riesgo, cauces de aguas lluvias, pendientes y rellenos. Estos factores justifican aplicar factores de ajuste excepcional multip
Ha lugar en parte al reclamo. Deja sin efecto avalúos 2014 del SII. Ordena recalcular avalúos conforme metodología de Resolución 108/2013, aplicando factores de ajuste excepcional determinados (0,432 para rol 287-127; 0,48 para 287-128; 0,54 para 287-129; 0,486 para 287-130), con vigencia desde 01.01.2014. No condena en costas por no haber partes totalmente vencidas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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