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Tribunal de Valparaiso
ADMINISTRADORA DE TURISMO ROSA AGUSTINA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 03-05-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de empresa por infracción Art. 97 N°16 CT por pérdida no fortuita de documentación tributaria en incendio, al no acreditar medidas de cuidado debidas.
Administradora de Turismo Rosa Agustina Limitada sufrió incendio el 9 de enero de 2016 en dependencias de otra empresa (Sociedad Administradora Rosa Agustina Conference Resort) ubicada en El Calco, El Bajo, Olmué. El incendio destruyó documentación tributaria incluyendo facturas, boletas, guías de despacho, notas de crédito y libros de contabilidad. La documentación se encontraba en domicilio distinto del domicilio tributario de la matriz (Avenida Lo Narváez N° 5551, Olmué). Capital propio tributario informado: $3.136.511.029. SII cursos denuncio por infracción Art. 97 N°16 CT, calificando la
El tribunal estableció que el bien jurídico protegido es el interés fiscal y la debida fiscalización tributaria. La infracción requiere culpa o negligencia del contribuyente, no solo la pérdida en sí, sino la inexcusable omisión de custodia. Aunque el incendio fue imprevisible, ello no justifica la negligencia de mantener documentación fuera de la esfera de resguardo debido. La reclamante no acreditó elementos para justificar falta de cuidado ni calificar la pérdida como fortuita. Se aplicaron criterios de sana crítica conforme Art. 132 CT. No concurrieron circunstancias agravantes del Art. 10
Rechazó reclamo. Confirmó denuncia N°77316007494 por infracción Art. 97 N°16 CT. Aplicó multa de $5.394.600 equivalentes a 10 UTA enero 2016. Condenó en costas a la reclamante vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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