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Tribunal del Biobio
CONTROL DE GAS LIMITDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 10-05-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
Se acoge reposición del SII contra resolución que admitió apelación interpuesta subsidiariamente, por ser la apelación un recurso que debe interponerse en forma principal.
Control de Gas Limitada interpuso recurso de apelación en forma subsidiaria de reposición contra sentencia definitiva de 6 de abril de 2016. El SII dedujo reposición contra la resolución que concedió dicha apelación, argumentando que conforme al artículo 139 del Código Tributario, el único recurso contra sentencias definitivas es la apelación, la cual debe interponerse en forma principal y no subsidiaria.
El tribunal analiza el artículo 139 inciso 1° del Código Tributario, que establece que contra la sentencia que falle un reclamo solo procede el recurso de apelación dentro de quince días desde su notificación. De la interpretación literal de esta norma se desprende que la apelación debe interponerse en forma principal y no subsidiariamente, siendo el único recurso admisible contra sentencias definitivas. Esta interpretación ha sido ratificada por la Corte de Apelaciones de Concepción en sentencia de 6 de agosto de 2013.
Se acoge sin costas la reposición deducida por el SII. Se deja sin efecto la resolución de fojas 91 en la parte que tuvo por interpuesto el recurso de apelación. Se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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