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Tribunal R. Metropolitana. Primero
PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL S A con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 26-05-2016 · Materia: Giro · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de editorial contra giros de Impuesto Adicional por concepto equívoco: pagos calificados como intereses por préstamo correspondían a derechos de autor con tasa inferior.
Penguin Random House Grupo Editorial S.A. fue notificada de 15 giros de Impuesto Adicional emitidos el 22 de abril de 2014 por fiscalización de Convenios Internacionales para Evitar Doble Imposición. Los giros 171521, 171535, 171543 y 171557 fueron mantenidos a firme por Resolución 39.319 de julio de 2014. La reclamante sostuvo que los pagos a Editorial Sudamericana Uruguaya S.A. correspondían a remuneración por derechos de autor, no a intereses por préstamo, siendo compensados con deuda de la sociedad uruguaya por línea de crédito.
El tribunal analizó la documentación acompañada y concluyó que existe vínculo jurídico entre ambas sociedades: un contrato de línea de crédito por 609.801,79 euros donde la reclamante es acreedora, y contratos de cesión de derechos de autor donde la uruguaya es acreedora de la chilena. Las facturas emitidas por la sociedad uruguaya especifican cobros por remuneración de derechos de autor de la autora Maitena Inés Burundarena. Aplicando reglas de sana crítica y ponderando preferentemente la contabilidad, el tribunal estimó que los montos corresponden a derechos de autor con tasa del 15% conform
Se acoge el reclamo y se dejan sin efecto los giros 171521, 171535, 171543 y 171557 de fecha 22 de abril de 2014 por contener calificación jurídica errada. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por haber sido vencido totalmente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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