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Tribunal Antofagasta
SII DIRECCIÓN REGIONAL ANTOFAGASTA con Martínez Ibarra
Fecha: 13-04-2012 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se condena a contribuyente por registrar ocho facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiendo multa del 200% de impuestos defraudados. Se rechaza cargo por Impuesto a la Renta por falta de acreditación de dolo.
Emilio Enrique Martínez Ibarra, contratista en construcción, registró en sus libros de compras ocho facturas falsas supuestamente emitidas por Patricio Bolados Inarejo entre junio 2009 y septiembre 2010. Las facturas contenían créditos fiscales de IVA por $5.521.267 que utilizó en declaraciones mensuales. El emisor nominal negó haberlas expedido y se acreditó que las mismas facturas fueron válidamente emitidas a otros contribuyentes en fechas y montos distintos. El contribuyente admitió haber llenado facturas en blanco compradas a terceros por $400.000 cada una, reconociendo que las operacione
El tribunal analizó conforme a sana crítica la documentación, declaraciones y prueba pericial. Concluyó que Martínez Ibarra actuó maliciosamente al registrar facturas materiales e ideológicamente falsas con el propósito de aumentar indebidamente su crédito fiscal de IVA y determinar menor impuesto. Su propia declaración reconociendo el llenado de facturas en blanco, sumado a la constatación de que esas mismas facturas fueron válidamente emitidas a otros contribuyentes con distintos montos y fechas, acreditó fehacientemente la falsedad. Respecto a Impuesto a la Renta, no existió prueba de actua
Se confirma denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se impone multa de $10.707.842, equivalente al 200% de impuestos defraudados actualizados a diciembre 2011. Se rechaza denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 1° del CT. No se condena en costas por no haber resultado completamente vencida la denunciada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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