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Tribunal de Valparaiso
THENOUX VELOZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 23-06-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
El Tribunal anuló las liquidaciones del Impuesto Global Complementario por estar prescritas. El SII no acreditó que el socio conociera de las falsas declaraciones de la empresa para aplicar plazo extraordinario de 6 años.
Patricio Oziel Thenoux Veloz, socio con 50% de participación en la empresa Grúas y Transportes Thenoux Ltda., fue liquidado por diferencias de Impuesto Global Complementario años 2010-2012 y reintegro del artículo 97, derivadas de auditoría que detectó facturas falsas en la empresa. El SII presume que tales diferencias incidieron en la base imponible del contribuyente, tratándolas como retiradas en proporción a su participación. Las liquidaciones Nos. 166-171 fueron notificadas el 17.07.2015, mediante Citación N°46 del 06.05.2015.
El Tribunal estimó que el artículo 200 inciso 2° del Código Tributario (plazo extraordinario de 6 años) es de carácter excepcional y debe aplicarse restrictivamente. Para declarar maliciosamente falsa una declaración, resulta fundamental que quien la presente haya intervenido en la falsedad o que se demuestre conocimiento de tales irregularidades y aprovechamiento en sus propias declaraciones. Las liquidaciones reclamadas solo establecieron diferencias de impuestos y malicia respecto de la empresa, extendiéndola al reclamante únicamente por su calidad de socio, sin acreditar intervención mater
Se acogió el reclamo y se anuló las liquidaciones Nos. 166-171 por haberse efectuado fuera de los plazos de prescripción. No se condenó en costas, estimando que la reclamada tuvo motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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