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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con ASESORIAS Y COBRANZAS INTEGRADAS LIMITADA
Fecha: 24-06-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia contra empresa de asesorías por facilitar documentación tributaria falsa (boletas de honorarios) a SQM, tipificado como delito tributario. Condena con multa mínima atenuada.
Asesorías y Cobranzas Integradas Limitada emitió boleta de honorarios folio 000101 por $5.000.000 a SQM en mayo 2013, registrada en libros pero no declarada en formularios F22 y F29. SQM posteriormente solicitó rectificación de gastos 2009-2014 alegando que los servicios no reunían requisitos del artículo 31 LIR. Investigación del SII determinó que los presuntos servicios de asesoría legal no fueron efectivamente prestados. La empresa aportó contrato sin firmar, pre informes sin firmar y correos electrónicos como respaldo.
El tribunal aplicó presunción de inocencia exigiendo al SII probar la infracción. Consideró que la conducta de facilitar documentación tributaria falsa se encuadraba en artículo 97 N°4 inciso final CT. Aunque SQM desconoció los servicios en solicitud rectificatoria, la empresa emisora de la boleta facilitó documentación con dolo. El tribunal valoró positivamente la colaboración de la denunciada aportando antecedentes y su allanamiento, aplicando criterios atenuantes del artículo 107 CT: falta de reincidencia, ausencia de perjuicio fiscal concreto, cooperación con investigación y reconocimiento
Se acogió la denuncia por infracción consumada al artículo 97 N°4 inciso final CT. Se condenó a Asesorías y Cobranzas Integradas con multa mínima de 2 UTA, considerando su colaboración y circunstancias atenuantes. Se ordenó al Director Regional del SII emitir el giro de multa una vez ejecutoriada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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