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Tribunal Antofagasta
SII-DIRECCIÓN REGIONAL ANTOFAGASTA con Soc. Transportes y Servicios Herrera y Moya Ltda.
Fecha: 24-04-2012 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acoge denuncia por incorporación maliciosa de facturas falsas en contabilidad para aumentar crédito fiscal de IVA. Se condena a multa del 200% de lo defraudado.
La Sociedad Transportes y Servicios Herrera y Moya Ltda., representada por José Herrera Hidalgo, incorporó cuatro facturas falsas en su contabilidad durante abril a julio de 2011, utilizando el crédito fiscal asociado en sus declaraciones de IVA. Las facturas provenían de supuestos proveedores Luis Santiago Gaete Bravo y Luis Armando Rojas Gálvez, pero fueron negadas por estos al verificarse. El contribuyente declaró haberlas comprado por la mitad de su valor a través de su administrador, sin conocimiento de su falsedad según alegó.
El tribunal estimó que se configuró claramente la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° del CT, toda vez que el denunciado, como representante legal y contribuyente afecto al IVA, aumentó maliciosamente los créditos fiscales indebidamente. Se rechazaron las atenuantes alegadas por falta de prueba: no se acreditó el pago de impuestos, no se probó falta de educación superior ni conocimiento de obligaciones, el perjuicio fiscal era significativo ($2.871.850), y la colaboración fue insustancial al no identificar a los facilitadores de facturas falsas. La conducta fue dolosa conforme consta en s
Se acoge el Acta de Denuncia. Se aplica multa de $5.743.700 (equivalente al 200% de los impuestos defraudados de $2.871.850) a la Sociedad Transportes y Servicios Herrera y Moya Ltda., representada por José Herrera Hidalgo, como autor de la infracción. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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