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Tribunal Arica y Parinacota
DÍAZ HERMOSILLA con SII-XV DIRECCIÓN REGIONAL ARICA Y PARINACOTA
Fecha: 16-09-2016 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Gustavo Marcel Miranda Espinoza
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se confirma multa por transportar tomates sin guía de despacho ni identificación del dueño. Se reduce sanción de $1.470.000 a $735.000 considerando pobreza del infractor.
Gabriel Díaz Hermosilla, chofer, trasladaba 480 cajas de tomates (valor $1.470.000) desde km 28 Valle de Azapa al Terminal Agrícola sin guía de despacho ni identificación del dueño. Al ser fiscalizado el 28 de julio de 2016, no pudo exhibir el documento. Posteriormente encontró la guía bajo la primera caja. El infractor es cargador eventual sin ingresos fijos ni establecimiento.
El tribunal confirmó que los hechos encajan en el artículo 97 N° 10 del CT en relación con artículo 55 inciso final DL 825. El transporte de mercaderías afectas a IVA requiere guía de despacho exhibible al SII. La omisión de este documento e identificación del dueño genera responsabilidad solidaria del transportista. Aunque el reclamante alegaba ser simple cargador, su labor al momento era de chofer transportista. La norma no distingue por condición laboral. Al aplicar sanciones, el tribunal consideró: ausencia de reincidencia, condonación previa (2/3 de rebaja), situación de pobreza y familia
Se rechaza el reclamo y se confirma la Notificación de Infracción N° 1172333. Se impone multa de $735.000 (50% del monto de operación) al infractor. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
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