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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SCHUSTER PINTO con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 19-10-2016 · Materia: Artículo 97 N° 15 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Se rechaza reclamo de Schuster Pinto por infracción al art. 97 N°15 CT por negarse a declarar bajo juramento ante SII, argumentando derecho a guardar silencio en investigación penal paralela; tribunal confirma infracción y aplica multa de 50% UTA.
María Paz Schuster Pinto, periodista, fue citada mediante Notificación N°828472 del 30.10.2015 para comparecer ante el SII el 17.11.2015 y prestar declaración bajo juramento sobre boletas de honorarios emitidas en 2009 para Soquimich S.A. Al comparacer, se negó a declarar invocando su derecho constitucional a guardar silencio, alegando que se encontraba en calidad de imputada en causa penal RUC 1500687796-3 por los mismos hechos investigados. El SII notificó infracción N°1150556 por incumplimiento a requerimiento conforme art. 97 N°15 CT.
El tribunal estima que los artículos 34 y 60 inc. penúltimo CT imponen obligación de atestiguar bajo juramento, obligación que no puede derogarse por el ejercicio de derecho a guardar silencio en sede penal. Señala que el derecho a guardar silencio es exclusivo de procesos penales en favor del imputado o acusado, no aplicable en procedimientos administrativos de recopilación de antecedentes tributarios. Rechaza argumento de falta de antijuridicidad por ejercicio legítimo de derecho, indicando que en sede administrativa tal ejercicio no es legítimo. Concluye que la contribuyente incumplió oblig
Se rechaza la reclamación, confirmándose Notificación de Infracción N°1150556 de 17.11.2015. Se aplica multa de 50% UTA de octubre 2016 ($275.994). Se condena en costas personales por $100.000 y en costas procesales.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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