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Tribunal del Maule
INVERSIONES JOSÉ LUIS CORTA BUCAREY E.I.R.L. con SII-VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 22-12-2016 · Materia: Resolución · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge reclamación por devolución de remanente de crédito fiscal IVA denegada extemporáneamente por el SII, al exceder el plazo de 60 días establecido en el artículo 27 bis de la Ley de IVA.
INVERSIONES JOSÉ LUIS CORTA BUCAREY E.I.R.L. solicitó devolución de remanente de crédito fiscal IVA (períodos nov. 2014 a mayo 2015) mediante Formularios 3280 el 15.06.2015. El SII emitió resolución denegatoria el 13.08.2015, pero notificó al contribuyente el 14.09.2015, después de transcurridos 60 días hábiles. La denegación se fundamentó en que los inmuebles arrendados no poseían instalaciones necesarias para generar hecho gravado con IVA.
El tribunal constató que el acto administrativo denegatorio fue notificado después de vencido el plazo de 60 días hábiles que el artículo 27 bis de la Ley de IVA otorga al SII para pronunciarse. Según esta norma, vencido el plazo sin pronunciamiento, la solicitud se entiende aprobada. La resolución constituye acto reclamable conforme al artículo 124 del Código Tributario, por referirse a petición de devolución de crédito fiscal (artículo 126). El SII incurrió en vicio de oportunidad al pronunciarse extemporáneamente. No procedía el Procedimiento de Vulneración de Derechos, sino el Procedimient
Se acoge la reclamación tributaria. Se deja sin efecto el Ordinario N° 1014-A del 13.08.2015. Se declara por aprobada la petición de devolución de remanente de crédito fiscal. Se condena en costas al SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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