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Tribunal de Coquimbo
INVERSIONES ECOMAC TRES S.A. con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 28-12-2016 · Materia: Resolución · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Ecomac Tres S.A. contra denegación de devolución de $269.941.973 por pagos provisionales de utilidades absorbidas, confirmando Resolución Exenta N°291 del SII.
Inversiones Ecomac Tres S.A., sociedad de inversiones constituida el 14 de diciembre de 2010, solicitó devolución de $269.941.973 por crédito de primera categoría por utilidades absorbidas en su declaración de renta del año 2015. El SII cuestionó el monto de gastos de depreciación y otros gastos de asesoría, requiriendo antecedentes. Mediante Resolución Exenta N°291 de 5 de mayo de 2016, el SII denegó la devolución. La reclamante argumentó deficiencias en la motivación de la resolución, falta de firma del Director Regional y la necesidad de los gastos incurridos.
El Tribunal establece que la fundamentación de actos administrativos es un principio general del derecho administrativo con base constitucional. Sin embargo, la resolución cuenta con motivación suficiente al indicar falta de acreditación de pérdida tributaria y origen de créditos. La carga de la prueba recae en el contribuyente conforme artículo 21 del Código Tributario. El Tribunal constata que la reclamante no acreditó fehacientemente que los gastos sean necesarios para producir renta afecta a primera categoría, toda vez que los ingresos provienen de dividendos (exentos) y reconocimientos co
Se rechaza el reclamo y se confirma la Resolución Exenta N°291 del SII de 5 de mayo de 2016 que deniega la devolución de impuestos. No se condena a costas por existir motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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