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Tribunal de la Araucanía
AGRICOLA LAS DICHAS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 27-01-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Agrícola Las Dichas por emisión de guía de despacho sin fecha. El tribunal confirma la infracción del artículo 97 N°10 del CT, imponiendo multa de 2 UTM y un día de clausura.
El 27 de octubre de 2016, funcionarios del SII detectaron en un control carretero que la guía de despacho N°53, emitida por Agrícola Las Dichas Limitada para trasladar 7 animales vacunos a Ferias Araucanía S.A., no consignaba su fecha de emisión. La reclamante argumentó que no existía perjuicio fiscal pues se vendieron 6 animales y el IVA fue retenido parcialmente por la feria y declarado íntegramente en el formulario 29 de octubre 2016.
El tribunal estableció que el artículo 97 N°10 del CT sanciona la emisión de guías de despacho sin cumplir requisitos formales, específicamente la fecha según artículo 70 del DS N°55 de 1977 sobre Reglamento de IVA. Se concluyó que la reclamante no controvertió el hecho fundante de la infracción. La falta de perjuicio fiscal no desvirtúa la infracción, que es de naturaleza formal. Se aplicaron circunstancias modificatorias del artículo 107 CT: conocimiento de obligaciones (empresa con 3 años en el rubro) y ausencia de perjuicio fiscal.
Se rechaza el reclamo y confirma la notificación de infracción N°1382071 de 24 de noviembre 2016. Se aplica multa de 2 unidades tributarias mensuales y clausura de un día. No se condena en costas a la reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
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