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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
LEON CARBONELL ADRIANA Y OTRO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-03-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo contra infracción por emisión de boletas sin timbre, confirmando multa de 2 UTM y clausura de 2 días, desestimando solicitud de condonación por falta de competencia.
La sociedad León Carbonell Adriana y Otro emitió boletas de ventas y servicios sin timbre del SII (folios 2201 al 2214) por monto de $45.700. El representante legal concurrió a efectuar autodenuncio ante la Unidad de Providencia del SII en marzo de 2016. El SII notificó infracción N°1169767 de fecha 14.03.2016, sancionada según artículo 97 N°10 del Código Tributario. El contribuyente reconoce los hechos pero alega error involuntario y buen comportamiento histórico, solicitando condonación parcial.
El tribunal establece que se configura plenamente la infracción denunciada mediante el autodenuncio del representante legal y reconocimiento expreso del reclamante. Se fija sanción considerando márgenes de multa (50% a 500% del monto operacional) y clausura hasta 20 días. Al aplicar artículo 107 del CT, se identifica como atenuante la ausencia de infracciones semejantes previas y como agravante el conocimiento de la obligación legal infringida dada la actividad desarrollada. Se rechaza solicitud de condonación por falta de competencia del tribunal, siendo facultad privativa del Director Region
Se rechaza el reclamo y confirma Infracción N°1169767. Se impone multa de $92.636 (equivalente a 2 UTM marzo 2017) y clausura de 2 días del establecimiento ubicado en Avda. Providencia N°1336, Local 5, comuna de Providencia. Se declara sin condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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