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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
VECEKA S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 05-07-2017 · Materia: Liquidación
Se rechaza reclamo contra liquidación por impuesto de primera categoría 2011. Se desestima incidente de nulidad por defectos de notificación y se declara inadmisible la prueba documental aportada extemporáneamente.
VECEKA S.A. fue citada el 17.04.2014 por el SII para acreditar ingresos por ventas de $206.913.894 y venta de vehículo por $5.636.310 declarados en F29 año 2010, que no coincidían con la F22 año tributario 2011 donde declaró $0. No comparecio ni respondió la citación. El SII emitió Liquidación N° 853 de 29.07.2014 fijando base imponible de $64.082.509 e impuesto de $18.190.736. La notificación de 30.07.2014 fue cuestionada por defectos formales y error en nombre del representante.
El tribunal analizó el incidente de nulidad concluyendo que la notificación fue válida: el acta de notificación por cédula es clara en cuanto a la modalidad empleada; el error de transcripción en nombre del representante (Alonso por Alfonso) no vicia el acto pues la identificación es correcta mediante RUT y razón social; no aplica el artículo 44 CPC a notificaciones administrativas. Se rechazó la excepción de prescripción por falta de formalidades legales. Se aceptó la inadmisibilidad probatoria conforme artículo 132 N°11 CT: los documentos fueron solicitados determinada y específicamente en l
Se rechaza incidente de nulidad, excepción de prescripción y reclamo. Se acoge inadmisibilidad probatoria. Se confirma Liquidación N° 853 de 29.07.2014. No se condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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