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Tribunal de la Araucanía
HIGUERA SANCHEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 15-06-2012 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Reclamación contra liquidaciones del SII por duplicación contable de ingresos en 2007 y falta de justificación de préstamo a empresa relacionada.
Hector Higuera Sánchez reclama contra liquidaciones N°s 351 a 353 del SII de junio 2011. El SII agregó $80.528.795 por ingresos duplicados en diciembre 2007 (contabilizados dos veces en centralización de cajas) y $20.000.000 por préstamo no justificado a Transportes Hicar Ltda. en enero 2008. El reclamante señala que el error fue corregido en enero 2008 y que el préstamo está respaldado por letra de cambio aceptada. Transportes Hicar Ltda. es empresa de familia del reclamante con inactividad desde 2002.
El SII sostiene que los errores contables de 2007 debieron corregirse en la declaración de 2008 conforme al artículo 29 inciso 2° de la LIR, no afectando año tributario distinto. Los agregados por deducciones no permitidas legalmente corresponden a 2009 conforme artículos 21, 31 y 33 de la LIR. Respecto del préstamo, invoca artículos 21 y 54 N°1 de la LIR, señalando que el contribuyente no acreditó en fiscalización la existencia del préstamo ni sus flujos de dinero, debiendo cargar la prueba conforme artículo 21 del Código Tributario. Cita jurisprudencia sobre carga probatoria y fidedignidad c
El tribunal no resuelve definitivamente en el texto proporcionado; el fallo se encuentra incompleto al interrumpirse en los argumentos del SII sin presentar la parte dispositiva final del tribunal.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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