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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Agrícola Paicavi Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 24-11-2017 · Materia: Resolución · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra denegación de devolución de PPUA, reconociendo gasto por arriendo agrícola en monto menor al declarado, rechazando gastos por intereses y reajustes de compras de cartera.
Agrícola Paicavi Limitada solicitó devolución de $20.727.165 por PPUA en AT 2015, declarando pérdida tributaria de $138.181.103. La solicitud fue rechazada por Resolución Exenta Nº185 del SII. La empresa había arrendado predios agrícolas mediante contrato de julio 2013, incurriendo en gastos por arriendo y servicios agrícolas. También había comprado carteras de inversión a terceros con financiamiento. El SII cuestionó la falta de ingresos correlativos, la documentación insuficiente y la razonabilidad de los gastos.
El Tribunal concluyó que conceptualmente el gasto por canon de arrendamiento es necesario para producir renta, sin exigirse simultaneidad con ingresos. Sin embargo, aceptó solo $35.417.339 como gasto procedente, rechazando el monto adicional de $18.136.628 registrado como 'Consumo arriendo El Tambo 6 meses' que no se ajustaba al contrato. Respecto de los intereses y reajustes de compras de cartera, el Tribunal confirmó su improcedencia pues los contratos de compraventa no contemplaban tales conceptos. El error en declaración de dividendos (observación A34) también fue confirmado como válido.
Acogió en parte el reclamo, dejando sin efecto la Resolución Nº185 solo en cuanto a la denegación total de devolución. Ordenó al SII dictar nueva resolución con devolución procedente considerando el gasto por arriendo de $35.417.339 reajustado, dividendos correctos y rechazando intereses de carteras. Sin costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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