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Tribunal Tarapacá
BRANDT NARANJO con SII DIRECCCIÓN REGIONAL IQUIQUE y otro
Fecha: 27-03-2018 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge reclamo contra infracción por no otorgamiento de boleta con monto correcto. El tribunal estima que el monto real de la operación no consta a los fiscalizadores, sino solo de denuncia anónima de cliente que sustrajo la boleta.
El 30 de septiembre de 2017, un cliente sustrajo el duplicado cliente de boleta N° 020995 del establecimiento de la reclamante (bar-cabaret). El 4 de octubre, ese cliente efectuó denuncia anónima ante SII alegando no le dieron boleta por consumo de $18.000, entregando la boleta en blanco. Fiscalizadores verificaron que la boleta en talonario original estaba por solo $1.000. Video del local confirma sustracción de boleta por cliente. Se cursó infracción por diferencia de $17.000.
El tribunal examina si se configuró la infracción del artículo 97 N° 10 CT (no otorgamiento de boleta con monto correcto). Considera que la funcionaria fiscalizadora, pese a su calidad de ministro de fe, no conocía personalmente el monto real de la operación ($18.000), sino que solo lo infería de la denuncia anónima. Estima inaplicable el artículo 427 CPC sobre presunción de veracidad de ministros de fe, pues no existió orden de tribunal competente para certificar hecho alguno. Concluye que no se acreditó la infracción porque el monto real no constaba objetivamente a la fiscalizadora, sino de
Acoge reclamo de la reclamante. Deja sin efecto infracción N° 1425120 de 4 de octubre de 2017 por artículo 97 N° 10 CT. Sin costas. Devuelve documentos en custodia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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