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Tribunal del Biobio
COFRE THOMPSON con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 03-04-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
Se acoge reclamación contra liquidación que rechazó gastos por depósitos convenidos a trabajadores, considerándolos gastos necesarios conforme a Oficio SII 3.007 y artículo 31 LIR.
Cecilia Isabel Cofré Thompson, empresaria y socia de varias sociedades, fue liquidada por año tributario 2009 (ejercicio 2008) por rechazos de gastos correspondientes a depósitos convenidos pagados a trabajadores terceros (no socios). El SII argumentó que las deducciones eran improcedentes, generando agregados a la base imponible del impuesto global complementario. Las sociedades habían deducido estos desembolsos en sus declaraciones anuales de renta, amparadas en convenios de trabajo suscritos con los trabajadores.
El tribunal analizó la contradicción en los fundamentos de las citaciones del SII, que vacilaban entre aplicar la regla general de gastos genéricos (artículo 31 inciso 1) y la regla especial (artículo 33 n.1 letra f). Concluyó que tal contradicción violaba el derecho a defensa y la Ley 19.880. Respecto al fondo, el tribunal acogió la interpretación del Oficio 3.007 de 1996 del Director Nacional del SII, que establece que cuando existe una obligación de pago de depósitos pactada en contrato o convenio de trabajo, tales cantidades constituyen gasto necesario. Los convenios suscritos cumplían con
Se acoge la reclamación y se deja sin efecto la liquidación 6246. Los depósitos convenidos constituyen gastos necesarios para producir renta. Se rechaza pronunciamiento sobre argumentos subsidiarios sobre inconstitucionalidad. Cada parte soporta sus costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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