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Tribunal de la Araucanía
COMERCIAL AFFELD Y FRENZ LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 12-07-2012 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra liquidación que agregó gastos no acreditados fehacientemente (pérdida tributaria y otros gastos) a la renta de primera categoría 2008, confirmando que el contribuyente no cumplió con su carga probatoria.
Comercial Affeld y Frenz Ltda. reclamó contra Liquidación N° 379 de 13 de julio de 2011, que agregaba a su renta de primera categoría del año 2008 gastos por $32.720.736 (pérdida tributaria de ejercicios anteriores) y $144.093.888 (otros gastos). El SII había requerido documentación mediante Citación N° 35 del 27 de abril de 2011, que no fue respondida oportunamente porque la empresa cambió administrativo. El contribuyente alegaba que los gastos estaban documentados y eran del giro, pendiente acreditarlos en juicio.
El tribunal analizó que: (1) conforme al artículo 17 del Código Tributario, quien acredita renta efectiva debe llevar contabilidad fidedigna con documentación de respaldo; (2) por artículo 21 del CT, corresponde al contribuyente probar con documentos, libros o medios que la ley establezca la verdad de sus declaraciones y naturaleza de operaciones para cálculo del impuesto; (3) los gastos deben cumplir requisitos copulativos del artículo 31 de la LIR (ser necesarios, del giro, efectivos); (4) no basta contabilizar gastos sin documentación respaldatoria; (5) la prueba rendida fue insuficiente y
Se rechaza la reclamación y se confirma la Liquidación N° 379 de 13 de julio de 2011 emitida por el SII. Se condena en costas a la parte reclamante por no haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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