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Tribunal R. Metropolitana. Primero
NORMEX S.A. con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 17-05-2018 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de NORMEX S.A. contra denegación de devolución de $95.553.198 por PPUA, constatando acreditación suficiente de pérdida tributaria e imputación a utilidades acumuladas en FUT.
NORMEX S.A., sociedad anónima de inversiones, presentó declaración de renta AT 2015 (ejercicio 2014) reportando pérdida tributaria de $637.719.832. La pérdida resultó de gastos ordinarios de $147.688.109 y corrección monetaria deudora de $604.584.921, contra ingresos de $380.827.066 (principalmente dividendos de Cementos BíoBío). NORMEX imputó la pérdida contra utilidades acumuladas en FUT de $10.120.041.572 (actualizado), generando derecho a devolución de PPUA de $95.553.198 al 15%. SII rechazó la devolución mediante Resolución Nº386/124 de 6 abril 2016, argumentando falta de acreditación de
El tribunal establece que las pérdidas tributarias deben imputarse a utilidades no retiradas registradas en FUT comenzando por las más antiguas. Cuando pérdidas absorben utilidades que pagaron impuesto de primera categoría, corresponde devolución de tal impuesto como pago provisional (PPUA). Diferencia entre utilidades propias (sobre las que el contribuyente soportó impuesto) y ajenas (recibidas de terceros). En absorción de utilidades propias, la recuperación del impuesto no constituye ingreso tributable. El derecho a PPUA nace en el ejercicio en que se generan las pérdidas. El cálculo se efe
Se acoge la reclamación de NORMEX S.A. y se deja sin efecto la Resolución Nº386/124 de 6 abril 2016, procediendo la devolución de $95.553.198 por concepto de Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas (PPUA).
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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